(+54) 9 379-481-2832 [email protected]

Madereros destacan la prórroga de la Ley de Inversiones para Bosques Cultivados

17 diciembre, 2018 | Foresto Industria

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó con valiosas modificaciones para el sector la continuidad de la Ley 25.080. Se  fijó la creación del Fondo Nacional de Ley de Bosques Cultivados para solventar el aporte de los ANR y otros beneficios.

El  5 de diciembre se aprobó en la Cámara de Diputados de la Nación la prórroga, con modificaciones, de la ley 25.080 de Inversiones para Bosques Cultivados. Una de las consideraciones que establece es el hecho de que las autoridades de aplicación nacional y provincial tengan que fijar una zonificación por cuencas forestales para ubicación de los emprendimientos en función a criterios de sostenibilidad ambiental,  económica y social; siguiendo lo establecido en la ley 26.331.

Quedó establecido que la autoridad de aplicación será la Secretaría de Agricultura de la Secretaría de Agroindustria de la Nación, o la que en un futuro la reemplace. Cuya prórroga del plazo vigente previsto por 10 años contados desde su vencimiento. También en la actualización de la ley se establece que la autoridad de aplicación para sanciones por infracción o incumplimiento estará a cargo de la Dirección Nacional de Desarrollo Foresto Industrial. Estas abarcan el apercibimiento del apoyo, la caducidad total o parcial del tratamiento o la devolución del apoyo económico.

La ley fija la creación del Fondo Nacional de Ley de Bosques Cultivados para solventar el aporte de los Aportes No Reembolsables (ANR) y otros beneficios, como préstamos y subsidios otorgados por organismos nacionales e internacionales, donaciones y legados, y todo otro aporte destinado al cumplimiento de programas y obligaciones.

En la prórroga de la ley se establece el apoyo que se efectivizará luego de la certificación de tareas y aprobación técnica para plantación certificada entre 10 y 24 meses de realizada, en comparación a la anterior prórroga que establecía de 12 a 18 meses. Para tratamientos silviculturales de poda y raleo hasta los 12 meses subsiguientes de realizada en comparación a la anterior prórroga que era solamente de 3 meses. También se estableció que los beneficios otorgados podrán ser complementados con otros de origen estatal.

Al respecto, el presidente de la Asociación del Plan Estratégico Foresto Industrial de Corrientes (APEFIC), Juan Ramon Sotelo, expresó que “esta ley manifiesta el esfuerzo que viene llevando adelante el Gobierno nacional en pos del desarrollo forestal en el país no solamente por esta ley sino también por la Mesa de Desarrollo Foresto Industrial que participa el mismo presidente de la Nación, entre otras acciones más”.

Para Sotelo, “el hecho de haber prorrogado la ley con modificaciones, en un proceso participativo de reuniones con el sector forestal en las cuales APEFIC participa de manera activa, permite que esta nueva ley se encuentre ajustada a la realidad actual del sector, permitiendo un mejor apoyo a quienes más lo necesitan”.

El presidente de la APEFIC destacó “el hecho que la ley prevea la formación de un fondo, el cual podrá recibir aportes de diferentes entes y organismos. Estamos convencidos que esta ley servirá como un aporte importante al desarrollo tan esperado del sector tanto forestal como forestoindustrial”.